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EN BUSCA DE UNA NUEVA TRANSPARENCIA EN EL SECTOR BANCARIO

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El pasado viernes el gobierno aprobó en Consejo de Ministros el Proyecto de Ley de Crédito Inmobiliario, que establece nuevas normas en relación a las comisiones y nuevas normas para lograr una mayor transparencia.

En cuanto a las nuevas normas aprobadas en relación a las comisiones hay que destacar las reducciones o límites a las cancelaciones anticipadas, así como los incentivos para modificar las condiciones de préstamo de tipo de interés variable a fijo.

Ahora bien, la gran noticia es referente a las nuevas exigencias de transparencia, que esperemos hagan que reduzcan los conflictos en relación a los productos bancarios abusivos como las cláusulas suelo.

Estas normas de transparencia implican que el consumidor a la hora de firmar un préstamo hipotecario deberá recibir con siete días naturales de antelación, esto es, sin incluir ni sábados, ni domingos, ni festivos, por parte del banco no solamente una ficha de información normalizada con las principales características del contrato, sino también otra estandarizada con advertencias en la que se incluyen cláusulas sensibles, como las cláusulas suelo.

Esta ficha deberá incluir estimaciones con diversos escenarios de tipos de interés variables, una copia del contrato e información desglosada sobre qué parte debe abonar cada gasto hipotecario. La norma no establece a quién corresponde cada gasto, sino que deberán ser ambas partes las que lo acuerden.

En esos siete días, el consumidor deberá acudir al notario que él elija, que comprobará que se le ha entregado toda la información obligatoria y que se ha hecho en plazo, al tiempo que responderá todas las preguntar que le plantee y le explicará las cláusulas sensibles del contrato. El prestatario deberá firmar un acta notarial, que será gratuita para el prestatario, en la que pone de manifiesto que conoce toda la información necesaria.

Además, con el nuevo proyecto se pretenden prohibir la comercialización de Hipotecas vinculadas, esto es la contratación no sólo del préstamo hipotecario, sino del mismo vinculado a otros productos financieros. Sí que se permitirán la comercialización de préstamos combinados, que son aquellos en los que el consumidor tiene la opción de contratar por separado el préstamo hipotecario o con un conjunto de productos. En este caso, la entidad está obligada a presentar dos presupuestos, uno que incluya los productos que se comercializan con la hipoteca y otro sin ellos.

En definitiva, esperamos que esta nueva regulación ponga fin a las disputas entre el sector bancario y los consumidores, evitando a futuro que surjan nuevos problemas, sobre todo en relación a los préstamos hipotecarios.