SI EL VUELO SE RETRASA, LA AEROLÍNEA DEBE PAGAR HASTA 600€
Algunos turistas han viajado gratis en avión este verano. La normativa europea establece indemnizaciones importantes en caso de retrasos y los viajeros han conseguido el reembolso de sus billetes tras haber reclamado un retraso en el vuelo. Sin embargo, la mayoría de los pasajeros de los aviones desconocen la normativa actual y los derechos que les amparan.
Según la normativa europea las compañías aéreas deben indemnizar a los viajeros con vuelos atrasados de más de dos horas, cancelados o con ‘overbooking‘. El reembolso total es posible para todas las distancias cuando se superan las cinco horas de retraso.
El Reglamento (CE) 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, establece que los pasajeros y las pasajeras cuyos vuelos tengan un retraso de duración determinada en función de la distancia a recorrer tendrán derecho a información, atención y al reembolso de su billete o un transporte alternativo. Asimismo, y de acuerdo con una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 19 de noviembre del 2009, tendrán derecho a compensación económica. La asistencia a la que se tiene derecho varía en función del tiempo de retraso, distancia que cubre el vuelo y si éste es intracomunitario o extracomunitario.
En el caso de un retraso, por ejemplo en el retorno, siempre podrá reclamarse una indemnización, que está fijada legalmente según el tiempo de retraso. Esa indemnización llega a los 600 euros por viajero en el caso de compañías europeas en un vuelo internacional y con retraso superior a las cinco horas.
Cuando un vuelo sufra un retraso de 5 horas o más, y la persona viajera decida no viajar, tendrá derecho al reembolso del coste íntegro del billete al precio al cual se compró, correspondiente a la parte del viaje no efectuada y a la parte del viaje efectuada si el vuelo ya no tiene razón de ser. Además, si procede, se deberá facilitar un vuelo de vuelta al primer punto de partida lo antes posible. El reembolso deberá hacerse en un plazo no superior a 7 días, y podrá efectuarse en metálico, por transferencia bancaria electrónica, transferencia bancaria, cheque o, previo acuerdo firmado por el pasajero, bonos de viaje u otros servicios.
FUENTE: http://www.elperiodico.com/es/economia/20140929/las-aerolineas-deben-pagar-hasta-600-euros-si-el-vuelo-se-retrasa-3557967