LOS BANCOS SE NIEGAN A DEVOLVER LOS GASTOS DE HIPOTECA Y OBLIGAN DE NUEVO A PRESENTAR DEMANDAS

A pesar de la Sentencia del Supremo que dictaminaba la abusividad de que los gastos de formalización de los préstamos hipotecarios fueran a cargo del consumidor, la historia se repite y, como ocurre con las cláusulas suelo, evitan devolver el dinero abonado por sus clientes obligándoles a acudir a la vía judicial.

La Sentencia del Supremo de 23 de diciembre de 2015, indicaba que la imputación en exclusiva de los gastos al consumidor es una cláusula abusiva, al no permitir una reciprocidad en la distribución de los gastos producidos, sino que todos recaen sobre el hipotecante, ocasionándole un desequilibrio relevante, que no hubiera aceptado razonablemente en una  negociación individualizada.

Desde ese momento y de forma masiva los consumidores hipotecados presentaron reclamaciones para solicitar la  devolución de las cantidades abonadas en concepto de: notaría, gestoría, registro de la propiedad, tasación e impuesto de Actos Jurídicos Documentados por la escritura del préstamo hipotecario. Aunque estos gastos varían según la Comunidad Autónoma, la entidad bancaria y el año de constitución de la hipoteca, aproximadamente como media pueden ascender a 3.000€.

La práctica totalidad de estas reclamaciones se están encontrando de forma sistemática con la misma respuesta negativa por parte de los bancos. Son esporádicos aquellos casos en los que algunas entidades proponen una cantidad y llegar a un acuerdo de forma extrajudicial, aunque ese importe no contempla la suma total de los gastos reclamados.

¿Qué está ocurriendo con las nuevas hipotecas?

A pesar de que las entidades defienden el cobro de dichos gastos, lo cierto es que algunas han dejado de repercutírselos a los nuevos hipotecados, aunque a cambio establecen o incrementan otras comisiones y gastos.

La única vía que por el momento parece la más efectiva es la judicial, para que sea un juez quien obligue a la entidad a devolver el dinero pagado en virtud de la cláusula de gastos a cargo del prestatario,  otra más para añadir a la lista de cláusulas abusivas que podemos encontrar en nuestra hipoteca.

CONSEJOS A TENER EN CUENTA SI VAS A FIRMAR UNA HIPOTECA

La hipoteca es uno de los  gastos más importantes que afrontamos en nuestra vida.  Al capital concedido para financiar la vivienda, hay que añadir las comisiones, intereses y otros gastos que nos impone la entidad bancaria. Por eso, antes de contratar un préstamo hipotecario, es imprescindible tener presentes los siguientes consejos:

  • Negociar bien las condiciones, teniendo en cuenta que hay muchos factores que van a influir en la cantidad a pagar cada mes e incrementar la cuota mensual de tu hipoteca, como pueden ser: el diferencial, tipo de interés, periodo de revisión del tipocomisiones, productos vinculados a la hipoteca y sus respectivas bonificaciones en el diferencial.

 

  • Pedir la oferta vinculante para poder estudiar con detenimiento las condiciones del préstamo antes de firmarlo

 

  • Antes de contratar una hipoteca es recomendable haber ahorrado el 30% del precio de la vivienda.

 

  • Muchas entidades financieras ofrecen  productos vinculados para rebajar el coste de la hipoteca. En ocasiones, puede que estos productos sean más caros que los que pueda encontrar en el mercado, por lo que no sale rentable esta bonificación o rebaja que aplicarán en tu diferencial

 

  • Cuidado con el diferencial, hoy el Euríbor se encuentra en mínimos históricos, pero debes tener en cuenta que una posible tendencia al alza elevaría los intereses de tu préstamo y se traduciría en una importante subida de la cuota.

 

  • Piensa en los avalistas como última opción. Los avalistas se comprometerán durante toda la vida del préstamo y tu banco no dudará en acudir a estos ante posibles impagos.

 

  • La tasación es uno de los gastos de formalización de la hipoteca y se emplea para determinar la cantidad que el banco te va a conceder en concepto de préstamo hipotecario, ya que la entidad necesita valorar el bien inmueble. Debes saber que el banco está obligado a aceptar cualquier tasación que le aportes, siempre que cuente con la certificación de un tasador homologado y haya sido realizada en los últimos seis meses.

 

  • Respecto a los seguros, el único obligatorio en la contratación del préstamo hipotecario es el de incendios, pero podemos contratarlo con la compañía que queramos, no es obligatorio hacerlo con la entidad que nos concede el préstamo.

 

Antes  de firmar tu hipoteca ten presente que todas las condiciones de los préstamos bancarios son negociables y es importante  pedir varias propuestas en distintas entidades financieras para comparar bien las ofertas del mercado hipotecario actual.

CÓMO RECLAMAR AL BANCO LOS GASTOS DE CONSTITUCIÓN DE MI HIPOTECA

En diciembre de 2015, el Supremo declaró abusiva la cláusula que imponía al consumidor el pago de todos los gastos de formalización de la hipoteca. Desde entonces, algunas entidades (entre las que se encuentran CaixaBank o Bankia) han modificado esta cláusula para evitar posibles demandas.

El procedimiento a seguir es presentar primero una reclamación al Servicio de Atención al Cliente de la entidad. Si pasados dos meses no se ha obtenido una respuesta favorable, el siguiente paso es interponer la correspondiente demanda judicial. A través de estos procedimientos, se solicita la nulidad de la cláusula por abusiva y la devolución de todos los gastos pagados indebidamente como consecuencia de la misma.

¿Qué gastos se pueden reclamar?

Los gastos de notaría, registro de la propiedad, gestoría (en el caso en que la impusiera el banco) y el impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

¿Cuánto se pude recuperar?

Si se estima la devolución de todos los gastos solicitados (incluido el impuesto de Actos Jurídicos Documentados) la cuantía a devolver asciende a unos 3.000 euros.

¿Qué documentos necesito para reclamar los gastos de mi hipoteca?

Para poder llevar a cabo la reclamación por los gastos de formalización de la hipoteca es necesario aportar:

Escritura del préstamo hipotecario

Factura del notario

Factura del registro de la propiedad

Factura de tasación

Factura de la gestoría

Justificante de pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados

Si no se conserva la documentación y las gestiones se realizaron a través de una gestoría, lo más práctico es solicitar a la propia gestoría una copia de la documentación.

¿Es posible recuperar todos los gastos de formalización de la hipoteca?

Sí. Algunos jueces ordenan la devolución de los gastos de notaría, registro y gestoría, pero no los relativos al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. No obstante, el Tribunal Supremo y la Audiencia Provincial de Zaragoza afirmaron que «la entidad prestamista no queda al margen de los tributos que pudieran devengarse con motivo de la operación mercantil, sino que, al menos en lo que respecta al impuesto sobre actos jurídicos documentados, será sujeto pasivo en lo que se refiere a la constitución del derecho y, en todo caso, la expedición de las copias, actas y testimonios que interese”.

¿Puedo reclamar los gastos de formalización de una hipoteca que ya esté cancelada?

Todo el mundo que tenga o haya tenido un préstamo hipotecario puede reclamar los gastos de formalización. Tanto si la hipoteca está activa, como si se ha producido la venta de la vivienda o realizado la novación del préstamo hipotecario, los gastos de constitución son reclamables.

Una nueva sentencia obliga al banco a devolver los gastos de formalización de la hipoteca, incluido el impuesto de Actos Jurídicos Documentados

El Juzgado de Primera Instancia de Sevilla ha obligado al banco a devolver a un cliente casi 4.000 euros de gastos de formalización de una hipoteca. En este caso, el Juzgado ha dictaminado que deben devolver al cliente la cuantía del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Hasta ahora, la justicia había acogido la nulidad de los gastos de Registro de la Propiedad y los gastos de notaría (gracias a la sentencia del Tribunal Supremo 705/2015, de 23 de diciembre) pero no ocurría lo mismo con este impuesto, que además representa un 70% del importe de la reclamación.

Tal y como indica la sentencia, la cláusula quinta de la escritura, que impone al prestatario la obligación de pagar los gastos de notario, registro e impuesto de actos jurídicos documentados debe ser declarada nula por abusiva, condenando al banco al pago de dichos gastos más los intereses legales correspondientes.

El Juzgado establece además la nulidad de otras cláusulas por su abusividad, como la de vencimiento anticipado, la cláusula suelo, o los intereses moratorios.

FUENTE: http://www.eldiario.es/andalucia/obliga-banco-devolver-gastos-hipoteca_0_648835866.html