Reclamación clausulas suelo empresarios y PYMES
El 11 de marzo de 2020 el Tribunal Supremo dictó sentencia a favor de los autónomos y las PYMES con motivo de una cláusula suelo que no superó el control de incorporación.
Cláusulas suelo cliente particular
Hasta la fecha, los tribunales venían afirmando que el carácter abusivo de la cláusula suelo reconocido tras someter la misma al control de transparencia solo se le podía reconocer a las personas físicas que no tuvieran la condición de empresario (consumidores).
Sin embargo, dice la sentencia que este criterio no ha cambiado. Es cierto, que el control de transparencia solo se aplica a los consumidores, en palabras de la propia sentencia, aunque es cierto que, conforme a la jurisprudencia reiterada de esta sala, en los contratos celebrados bajo condiciones generales de la contratación en los que los adherentes no son consumidores no resultan procedentes los controles de transparencia y abusividad.
Control de incorporación
El control llevado a cabo por el tribunal para reconocer la improcedencia de la cláusula suelo en los contratos firmados con empresarios y PYMES ha sido el control de incorporación.
Este control consiste en cláusula con una redacción clara, concreta y sencilla, que permita una comprensión gramatical normal y que el adherente haya tenido oportunidad real de conocer al tiempo de la celebración del contrato. Es decir, es necesario que el contratante tenga la posibilidad de conocer, no limitándose por tanto a un simple estudio de su comprensibilidad gramatical.
Esta valoración de las cláusulas responde a las obligaciones establecidas sobre las condiciones generales pueden ser objeto de control por la vía de su incorporación a tenor de lo dispuesto en los artículos 5.5 LCGC – «[l]a redacción de las cláusulas generales deberá? ajustarse a los criterios de transparencia, claridad, concreción y sencillez» -, 7 LCGC -«[n]o quedarán incorporadas al contrato las siguientes condiciones generales: a) Las que el adherente no haya tenido oportunidad real de conocer de manera completa al tiempo de la celebración del contrato […]»-
Soy empresario o PYME, ¿puedo reclamar mi cláusula suelo?
Para saber si realmente estas en un supuesto asimilable a la sentencia tendrás que recuperar la documentación de los préstamos y observar si: existencia de FIPER, mencionada por notario en escritura para que así el cliente pueda conocer la limitación de la variabilidad del tipo de interés.
Reclamar cláusula suelo
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