Primeras sentencias favorables sobre IRPH
Tras la sentencia del TJUE de 3 de marzo de 2020, han llegado las primeras resoluciones nacionales. Los Juzgados de Primera Instancia de Burgos, Lérida (en dos ocasiones) y Mallorca han sido los primeros en dictar.
Sentencias favorables al cliente
Algunos tribunales esperaban la sentencia del TJUE para dictar la suya propia. No hemos tenido que esperar mucho para poder conocer los primeros pronunciamientos. Muchos clientes aguardaban estas resoluciones tras un 2019 en el que se resolvieron pocos asuntos sobre la materia.
Tras casi dos años desde la demanda, los clientes han podido recuperar los intereses de sus hipotecas que utilizaban el IRPH como índice y sustituirlo por el Euribor.
Gracias a estas sentencias se ha condenado a las entidades a eliminar las cláusulas, llevar a cabo el recálculo de los intereses devengados conforme al Euribor y, como hemos mencionado, restituir la diferencia fruto del mencionado recálculo.
No superan el examen de transparencia
En las distintas sentencias, las hipotecas con tipo de interés variable objeto de estudio no han superado el examen de transparencia al que han sido sometidas.
Estas exigencias fueron expuestas por el TJUE y ahora los tribunales nacionales las hacen suyas. En base a esta transparencia, las cláusulas no sólo requieren de una claridad gramatical. Las entidades deben ampliar cálculo del índice y su funcionamiento. Sólo así se logrará que cualquier cliente con conocimientos medios pueda comprender este índice.
Así, las cláusulas que se refieren al índice no serán impuestas por las entidades. Su exposición a los clientes facilitará su comprensión, permitiendo al mismo tiempo que sean objeto de negociación y no una condición impuesta.
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