EL TESTAMENTO COMO INSTRUMENTO DE PLANIFICACIÓN FISCAL

PLANIFICACIÓN FISCAL DE LA SUCESIÓN EN ARAGÓN. PARTE II

En este segundo artículo relativo a las ventajas de la “Planificación fiscal de la sucesión en Aragón”, vamos a profundizar en el Testamento como un instrumento para la planificación fiscal de la herencia.

El testamento como instrumento para ordenar la sucesión en el plano civil.

En Aragón, además del pacto sucesorio y la fiducia, existe el testamento como instrumento para ordenar el destino de los bienes, derechos y obligaciones para después de la muerte. De este modo, se convierte en una fórmula jurídica válida con la que el causante puede decidir a quién van sus bienes y las condiciones, en caso de que las haya.

De no hacerlo, se abre la sucesión intestada de manera que es la Ley la que establece el orden de los llamados a la sucesión; aunque, puede ocurrir, que los criterios establecidos en la Ley no coincidan con la que fuera la voluntad del fallecido. De ahí la importancia de otorgar testamento, para asegurar que los bienes vayan a quien tú deseas.

Pero es que, además, el testamento es una herramienta muy útil para la ordenación del patrimonio de cara a prever y reducir al máximo las posibles cargas fiscales de los futuros sucesores. Vamos a verlo.

El testamento como instrumento para ordenar la sucesión en el plano fiscal.

Efectivamente, aunque cada caso es único, con el asesoramiento de profesionales, se puede llevar a cabo una correcta planificación fiscal de manera que, teniendo en cuenta aspectos como las circunstancias de cada uno de los sucesores (como su grado de parentesco con el causante o su patrimonio), se les reduzca en la medida de lo posible las cargas fiscales en el momento de heredar. Y es que, son muchos los casos en los que los llamados a suceder han tenido que renunciar a la herencia por no poder hacer frente a las cargas tributarias.

Pero… ¿qué se puede hacer?

Como ya hemos dicho, cada herencia tiene sus características que la hacen única, pero, grosso modo, con el testamento podemos:

  • Evitar que se formen comunidades de bienes al heredar proindiviso.

Por ejemplo, cuando se asigna un inmueble a varios sucesores, obligas a todas las partes a tener que ponerse de acuerdo para su administración, división y venta. Además de que pueden surgir problemas derivados de excesos de adjudicación en el momento de la partición.

  • Asignar a cada heredero los bienes respecto de los cuales pueden tener beneficios fiscales, evitando así excesos de tributación. Esto se podría hacer mediante legados.

Atendiendo al grado de parentesco, por ejemplo, existen unas exenciones para la herencia de la vivienda habitual.

  • Garantizar el usufructo viudal o, en su caso, asignar al cónyuge viudo determinados bienes (o dinero) para evitar situaciones de distribución de usufructo y nuda propiedad.

Éstos son solo algunos ejemplos de lo que se puede evitar con una buena planificación fiscal. De este modo, el testamento se erige como un instrumento muy interesante, no solo para reflejar tus últimas voluntades, sino también para evitar problemas de liquidez a tus sucesores a la hora de asumir la herencia y hacer frente a las deudas y al pago de impuestos.

Recuerda, para realizar una buena planificación fiscal es necesario acudir a un profesional especializado en asesoramiento tributario y civil, para que ordene tu sucesión dentro de los cauces de la legalidad, y de tal forma que no suponga una carga excesiva para tus herederos.